30 julio, 2014

Casi 900.000 trabajadores han sufrido ya los ERE de la reforma laboral

El número de expedientes de regulación de empleo desde febrero de 2012 duplica el de los dos años anteriores

Los últimos datos divulgados por el Gobierno muestran las devastadoras consecuencias que la reforma laboral de Rajoy ha tenido para los trabajadores. Desde que fue aprobada en febrero de 2012 hasta el pasado mes de mayo, se pusieron en marcha nada menos que 66.272 expedientes de regulación de empleo (ERE). Esta cifra casi duplica la de los dos años anteriores y es un 14% superior a la registrada entre 2009 -cuando se inició el brutal deterioro del mercado de trabajo español- y la llegada del PP al poder.
El resultado de la reforma laboral es aún más calamitoso si se atiende al número de afectados por los ERE: 877.411 en los veintisiete meses transcurridos desde su entrada en vigor hasta mayo de 2014. Durante ese tiempo, se vieron inmersos en alguno tipo de expediente de regulación de empleo más de mil trabajadores diarios. Las empresas que aprovecharon las amplias facilidades concedidas por el Gobierno de Rajoy para ajustar sus plantillas fueron 50.762, frente a las 43.132 de los tres primeros años de la crisis.

Siguen los despidos

Uno de los hipotéticos objetivos de la reforma laboral, que era frenar los despidos colectivos en beneficio de las suspensiones temporales de contrato y la reducción de jornada, no se ha conseguido. Aunque el recurso a estas dos últimas opciones ha aumentado, los ERE continúan siendo una vía habitual para eliminar definitivamente empleo. Desde febrero de 2012, en concreto, se han llevado por delante 158.774 puestos de trabajo, con una media anual muy superior a la correspondiente al periodo 2009-2011.
Los empleos perdidos para siempre como consecuencia de un ERE y los que han quedado en suspenso temporalmente suman 698.284, sólo desde la entrada en vigor de la reforma laboral. A esa cifra hay que añadir 179.127 reducciones de jornada, que conllevan un indeseado deterioro de las condiciones laborales, al menos cuando no son voluntarias y los trabajadores tienen que aceptarlas como mal menor. La crisis ha empujado a esta situación a un total de 236.651 personas, sin contar las que han llegado a ella al margen de un ERE.

Sin acuerdo

Otro efecto de la reforma laboral que muestran los datos oficiales divulgados esta misma semana por el Gobierno es el empeoramiento en las relaciones entre empresarios y sindicatos como consecuencia de los procesos de reducción de personal. Del conjunto de despidos colectivos habidos entre febrero de 2012 y el pasado mes de mayo, un 23% se cerraron sin acuerdo, mientras la media de los tres primeros años de la crisis fue del 12% y antes de que ésta empezara había conformidad en nueve de cada diez casos.
La limpia de las empresas en sus plantillas al calor de la reforma laboral ha sido tan rápida y tan intensa que ya poco margen les queda, como ponen de manifiesto los últimos datos divulgados por el Gobierno. De ahí que, entre enero y mayo de este año, el número de ERE se redujera a la mitad respecto a los cinco primeros meses de 2013. Aún así, perdieron su empleo mediante ese procedimiento 16.634 trabajadores, otros 43.739 vieron suspendidos sus contratos temporalmente y 16.925 sufrieron una reducción de jornada.

 FUENTE: PÚBLICO.ES

25 julio, 2014

Entrega de varios cuadrantes en un mismo mes



Es muy habitual en estas fechas veraniegas, y más aún en el sector de Seguridad Privada que nuestros responsables, inspectores, jefes de equipo...etc. no puedan cubrir algunos servicios debido a su mala planificación. Decimos esto,  porque hace unos años se podía entender que las empresas no cubriesen los Servicios debido a la gran demanda  de Servicios y a la escasez de personal, pero hoy en día, con la reducción de Servicios que se han hecho y la cantidad de gente que está en el Paro, se llama “mala planificación”.



   Nosotros entendemos que el objetivo prioritario de todas las empresas es  la obtención de beneficios económicos y la necesidad a veces de reorganizar el trabajo, pero esto no tiene que significar que pongamos a su disposición nuestra vida familiar y personal, ni que tengamos que cancelar nuestros compromisos o estar de retenes las 24 horas al día para ellos.



   Debemos de aclarar que no estamos obligados a aceptar ni recepcionar de parte de nuestra empresa más de un cuadrante en el mismo mes, porque no se respeta nuestro derecho de conciliar la vida laboral, familiar y personal. No solamente, normalmente no nos entregan los cuadrantes mensuales en tiempo y forma (2, 3 ó 4 días antes de que empiece el mes, sin firmar ni sellar) sino que también pretenden modificarlo a su antojo varias veces al mes y que los recibamos acatándolos y sin protestar.



   Con el primer cuadrante del mes que te entrega la empresa es suficiente, si no se está de acuerdo con los cuadrantes posteriores no los firméis ni los recibáis. Para posteriores reclamaciones judiciales llevaréis toda la razón ante el juez correspondiente, probando documentalmente que habéis cumplido con vuestras jornadas de trabajo y días de descanso comunicados por la empresa.

  

    Para cualquier aclaración o reclamación, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
 



24 julio, 2014

La Pizzería VK cierra

Los últimos días de la pizzería vk..., fundada en 1990, y con siete trabajadores, se han cansado de competir con locales que explotan a sus trabajadores, y les salen casi gratis, con locales que sacan el humo por la fachada, prefiriendo pagar sobornos que cumplir las Normativas Municipales( les sale más barato). De la persecución que sufren desde la Junta, por denunciar todos estos delitos. cansados de que en este País se beneficié a los amiguetes!!!!
Buscamos vuestra comprensión, ayúdanos a difundir este mensaje



23 julio, 2014

Siete novedades que debes tener en cuenta si coges una baja laboral

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas. Esta medida supone novedades en la práctica si usted coge una baja médica por enfermedad común. A continuación, todas las claves de la reforma.

1-El médico de la Seguridad Social sigue teniendo la última palabra en el alta
La nueva ley respeta que sean siempre los facultativos de los Servicios Públicos de Salud (SPS) o de la Seguridad Social (INSS) quienes tengan la última palabra para dar el alta médica a los trabajadores y que estos se incorporen a su puesto de trabajo, una vez restablecidos. En un principio, el Ejecutivo barajó la posibilidad de que las mutuas pudieran dar el alta, pero lo han descartado finalmente.

2- Los trabajadores no tendrán que ir cada 7 días a por el parte
Los empleados de baja médica ya no tendrán que desplazarse a su centro de salud cada siete días para recoger sus partes como se hacía hasta ahora.
Con la nueva ley los partes de baja se justarán a la previsión del seguimiento clínico. Es decir, con la nueva ley los médicos dispondrán de tablas orientativas de duración estándar de las bajas según las patologías del trabajador, su edad y su actividad laboral. Así la baja mínima será de cinco días y en este caso se podrá expedir el parte de baja y alta en la misma visita.
Si la duración de la incapacidad temporal (IT) se estima en entre cinco y 30 días, el parte de confirmación de la baja deberá expedirse cada dos semanas; si el proceso está previsto que dure entre 31 y 60 días, el parte de confirmación se dará cada 28 días, y en enfermedades de larga duración, de más de 61 días, la confirmación de la baja se expedirá cada 35 días.

3- Las mutuas pueden sugerir a la Seguridad Social el alta de un trabajador
Las mutuas a partir de este momento cuando consideren que el beneficiario de la baja puede no estar impedido para el trabajo podrá hacer propuestas motivadas de alta médica dirigidas a la inspección médica de los Servicios Públicos de Salud.
La inspección médica de los SPS deberá comunicar a la mutua y al INSS en un plazo de 5 días hábiles la emisión del alta de un trabajador o su denegación. Si el SPS desestima la propuesta de alta de la mutua o no contesta en forma y plazo, la mutua podrá solicitar el alta al INSS, que deberá contestar en 4 días.
Se establece un régimen transitorio en cuanto a los plazos de contestación durante los 6 meses posteriores a la entrada en vigor, a la espera de que la ley de mutuas termine su tramitación parlamentaria y entre en vigor. En este periodo, en el caso de los SPS será de 11 días, y en el del INSS serán 8.

4- Las mutuas podrán controlar a las personas de baja desde el primer día
Las mutuas podrán actuar desde el primer día de la baja laboral, hasta ahora sólo podían intervenir a partir del decimosexto día. Esta nueva norma amplía el papel de control e inspección de las mutuas y, según el Ejecutivo, su objetivo es reducir el fraude y el absentismo.

5- ¿Qué pasa si un trabajador no acude a un reconocimiento médico?
Además, de acuerdo con lo aprobado en los presupuestos generales del Estado de 2014, se regula la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico.
Si en el plazo de 4 días el trabajador no ha justificado debidamente su ausencia se extinguirá la situación de incapacidad temporal.
De esta forma, si la ausencia ha sido por causa justificada no se extingue automáticamente la prestación como ocurría antes de la modificación.

6- Se simplifican las bajas para los autónomos
La ley de mutuas simplifica los trámites para el acceso a la prestación por cese en la actividad por la que cotizan los trabajadores autónomos.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, destaco ayer que el 80% de las peticiones se rechazaba por ser un sistema muy rígido y ser difícil de justificar las pérdidas. El Ejecutivo espera que el nuevo marco regulatorio facilite las bajas de los autónomos.

7- Las empresas podrán aplicarse antes las deducciones por incapacidad temporal
La norma establece la obligatoriedad de hacer constar en los partes de baja la duración probable de la incapacidad temporal y la fecha del nuevo reconocimiento médico. Además, diariamente los partes de baja y alta se transmitirán telemáticamente desde los servicios públicos de salud al INSS y de éste a las mutuas cuando éstas sean responsables de la protección del trabajador. Este proceso permitirá que las empresas, desde el primer momento, puedan controlar las deducciones que se hacen de las prestaciones por incapacidad temporal al ingresar las cuotas de la Seguridad Social.

FUENTE: EXPANSIÓN.COM

10 julio, 2014

Falcon y LPM se llevan "Los Gordos" de ADIF

   Falcon y LPM se llevan "Los Gordos" de ADIF. En la reciente licitación de seguridad y vigilancia, les han adjudicado los contratos más golosos, los lotes con los que más dinero van a ganar, estas empresas se han llevado cuatro de los siete lotes que repartía ADIF. Falcon se lleva los lotes 1 y 7 (25 millones de euros), y LPM los lotes 4 y 6 (16 millones de euros).
   El pastel se reparte con las empresas: Prosetecnisa (lote 2), Segurisa (lote 3) y Segur Ibérica (lote 5).




06 julio, 2014

Interior rectifica su ley de seguridad y los vigilantes privados no reprimirán protestas

   El Ministerio del Interior ha introducido nuevos cambios en el anteproyecto de la Ley Orgánica para la Protección de la Seguridad Ciudadana con la intención de asegurarse la constitucionalidad del texto y rebajar la controversia que habían generado la mayoría de sus artículos, destinados a sustituir toda la legislación vigente desde 1992 sobre la persecución por la vía administrativa de los comportamientos incívicos y los desórdenes públicos. En los próximos días podrían producirse, además, otras modificaciones tras la aprobación del informe del Consejo de Estado, el último de los cuatro órganos consultivos que se han pronunciado sobre la norma.
   Según ha podido saber este diario, finalmente, la cartera que encabeza Jorge Fernández Díaz ha dado marcha atrás y ha decidido eliminar del articulado la posibilidad de que los vigilantes de seguridad privada puedan colaborar con las Fuerzas de Seguridad públicas en el mantenimiento del orden durante las manifestaciones y concentraciones. Pero no es el único cambio que Interior ha introducido a última hora. Los menores sancionados por consumo o posesión de drogas podrán evitar la multa si acreditan que están sometiéndose a un tratamiento de desintoxicación. Hasta ahora, el texto no hacía ningún tipo de distinción en función de la edad.
Vigilantes en las manifestaciones
   La posibilidad de que las empresas de seguridad privada se encargaran de mantener el orden en las manifestaciones era una de las principales novedades que recogía el anteproyecto de Interior. En la actualidad, sólo los funcionarios de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas y, en algunos casos, policías locales, están habilitados para poder limitar el ejercicio del derecho de manifestación. Pero el Ministerio pretendía incluir en las facultades del sector de seguridad este otro servicio, siguiendo el espíritu liberalizador de la Ley de Seguridad Privada publicada por el BOE el pasado 4 de abril, que ampliaba considerablemente las capacidades del sector privado de la seguridad.
   La fórmula que escogió Interior para atribuir ese servicio a las empresas de seguridad era confusa. Aprovechó el artículo 23, que se refería a la colaboración entre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para el mantenimiento de la seguridad en reuniones y manifestaciones, para establecer en su punto segundo que “igualmente, las empresas y el personal de seguridad privada están obligados a colaborar eficazmente” en esa función con Policía, Guardia Civil y otros cuerpos. Aunque no se hacía de forma explícita, ese punto iba a permitir que vigilantes privados reprimieran concentraciones violentas mano a mano con agentes de las Unidades de Intervención Policial (UIP), por ejemplo, una imagen inédita en España.
   Y así seguirá siendo. Según fuentes cercanas a la confección de la ley, Interior ha decidido eliminar cualquier referencia a la participación de la seguridad privada en la contención de las protestas en vía pública. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Fiscal, dos de los cuatro órganos consultivos a los que Interior envió la norma –los otros dos son la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Estado–, no consideraron que esa ampliación de facultades fuera inconstitucional, pero sí advirtieron de que esa competencia está reservada en exclusiva a los funcionarios. Interior ha tenido en cuenta el aviso.
Desintoxicación de menores
   En cuanto al consumo o tenencia de drogas, la última versión del borrador rebaja la sanción para los menores de edad. Según las fuentes consultadas, el texto especificará que los jóvenes que sin haber cumplido los 18 años sean sancionados por utilizar o llevar estupefacientes podrán evitar la multa si demuestran que están en tratamiento para eliminar la supuesta adicción. Valdrá con que presenten un informe firmado por un especialista que acredite que se están sometiendo a un proceso para dejar las drogas. Los menores que no cumplan ese requisito serán tratados a todos los efectos como los mayores de edad, es decir, se expondrán a sanciones de entre 1.001 y 30.000 euros.
Interior deberá realizar aún más cambios en los próximos días. El pasado viernes, el Consejo de Estado envió al Ministerio su informe sobre la ley. Fuentes que han tenido acceso al documento aseguran que, en general, el órgano consultivo ha respaldado el proyecto, entre otros motivos porque Interior ya le remitió el pasado 26 de mayo una versión muy depurada del borrador inicial que incluía las observaciones realizadas por el resto de órganos consultivos.
Críticas del Consejo de Estado
   Con todo, el Consejo de Estado ha planteado modificaciones que Interior estudia ahora cómo incorporar. En concreto, el órgano consultivo ha pedido al departamento de Fernández Díaz que establezca un tiempo máximo para la identificación de infractores en comisaría. La última versión que manejaba el Ministerio no recoge ninguna limitación horaria. El Consejo de Estado considera que esas diligencias deberían durar un máximo de seis horas y sostiene que, si en ese tiempo, las Fuerzas de Seguridad no consiguen averiguar la identidad del detenido deben dejarlo en libertad.
   El otro punto que ha censurado el Consejo de Estado afecta a la persecución del escalamiento en infraestructuras críticas, otra de las novedades que también introduce la ley. Este artículo está especialmente pensado para sancionar el acceso de activistas o manifestantes a instalaciones como centrales nucleares, cámaras legislativas u otros edificios significativos. El Consejo no cuestiona esta nueva tipología, pero sí reprocha al Gobierno que no difunda previamente qué infraestructuras están calificadas como críticas. En la actualidad, la lista es secreta por motivos de seguridad, pero el órgano consultivo cuestiona que se pueda sancionar a alguien por vulnerar una protección que desconocía.
Facilitar la tramitación
   Con los cambios, el Gobierno trata de evitar que las principales novedades de la ley con respecto a la que se aplica desde 1992 puedan ser tumbadas en el futuro por el Tribunal Constitucional. Pero este retroceso en varias de las innovaciones fundamentales que contemplaba en un primer momento la norma también pretende facilitar su tramitación parlamentaria. Los principales partidos de la oposición anunciaron pocas horas después de conocer la primera versión del articulado que se opondrían frontalmente a su aprobación al considerar que atentaban contra libertades y derechos fundamentales. El Ministerio del Interior ha tratado de deslegitimar ese discurso asumiendo casi todas las recomendaciones formuladas por los órganos consultivos. Y espera que esas rectificaciones allanen el camino que deberá recorrer la ley a la vuelta del verano en el Congreso y el Senado.
   Como adelantó El Confidencial, el objetivo de Fernández Díaz es que el anteproyecto sea aprobado por el Consejo de Ministros durante este mismo mes de julio para que sea remitido automáticamente a la Cámara Baja antes de las vacaciones de agosto. Ese es el único plazo que permitiría a Interior publicar la norma en el BOE antes de que termine 2014. Con ese calendario conseguiría, por un lado, que la norma pasara el trámite del Consejo de Ministros en pleno verano, con la contestación social en fase de letargo por el periodo estival, y por otro, evitaría que la tramitación de una ley tan polémica como esta se colara en la campaña de las elecciones municipales y autonómicas de mayo de 2015.
          FUENTE: EL CONFIDENCIAL

04 julio, 2014

La inspección de trabajo nos sigue dando la razón


- En Eulen no definen bien si un servicio es fijo y estable o es de régimen general. MAL
- Entregan con un día de antelación el cuadrante anual o los cuadrantes mensuales. MAL
- No aclarán al Comité como hacen el cómputo de la jornada mensual. MAL
- No consensuan con el Comité, los cuadrantes entregados a los trabajadores. MAL